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Vender tomates con humo. Capítulo 6.

¿Tenéis la imagen de una bandeja de tomates con etiqueta enganchada, papelitos entre los tomates, en bandeja de cartón y envoltorio de plástico? ¡Cuántas cosas por un solo tomate!
4 de abril, 2023

Mira que era fácil comprar el tomate, pero hay tantas variedades, tantos orígenes, tantas presentaciones y, en definitiva, tantos atributos que acompañan un “simple tomate”… Y, ahora que la compra y contratación pública se basa en la selección de la oferta más ventajosa teniendo en cuenta la relación calidad-precio (capítulo 1), se nos complica la cosa. Y no solo por el hecho que se tienen que buscar los criterios para hacer esta selección, sino también por el hecho que de alguna manera se tiene que garantizar que la empresa contratada por la administración siga sirviendo aquella calidad durante el tiempo que dure el contrato, sea de obras, servicio o suministro. En este control del cumplimiento de la calidad del contrato se conoce como seguimiento, pero ya podemos avanzar que se trata de un mal endémico de la compra y contratación pública a nivel local, autonómico, estatal y europeo.

Las normas del juego

Uno de los primeros problemas del seguimiento del contrato lo podemos encontrar en la misma elaboración de las normas del juego. El precio tiene que continuar siendo uno de los criterios a tener en cuenta y que tiene que dar puntos, puesto que al final es la contraprestación que dará la administración a la adjudicataria. Pero, además de esto, los poderes adjudicadores pueden incorporar en la licitación los aspectos sociales y ambientales como en las diferentes fases del contrato, tanto en la fase de preparación, la fase de adjudicación o la fase de ejecución. La coherencia entre todas estas es un elemento clave para el éxito de una buena licitación, así como diseñarlo de forma que aquellos aspectos que se incorporen tengan una efectividad real en la ejecución del contrato. De nada sirve redactar unos pliegues con múltiples cláusulas sociales y ambientales si estas no tienen una aplicación efectiva. Y, a la vez, si nos centramos solo al incorporar las cláusulas en la preparación y adjudicación no nos servirá de nada si no hay un seguimiento en su ejecución.

Algunas de estas licitadoras ya presentan proyectos sin muchas intenciones de cumplir las medidas sociales y ambientales

Son bastantes las voces que se escuchan sobre el incumplimiento, o más bien la carencia de seguimiento, de los contratos adjudicados a las empresas. Y con razón, si una empresa ha estado adjudicataria de un contrato afirmando el cumplimiento de los aspectos sociales y ambientales del contrato, es coherente requerir una rendición de cuentas de que estas medidas se estén aplicando y que no queden solo como una simple declaración de intenciones. De hecho, es un problema en cuanto que implica que la contratación en cuestión también dejaría de tener los objetivos estratégicos horizontales. Además, se desdibuja la situación de igualdad de oportunidades por la presentación de ofertas, si algunas de estas licitadoras ya presentan proyectos sin muchas intenciones de cumplir las medidas sociales y ambientales teniendo en cuenta la falta de seguimiento y control efectiva. De alguna manera, este hecho facilitaría hacer bajas en el precio y este indicador volvería a ser el decisorio de las adjudicaciones.

Por lo tanto, el diseño de los órganos de contratación tiene que ser coherente con el bien o servicio a licitar y tiene que ir acompañado de criterios de verificación, de indicadores que muestren que se logran los objetivos marcados. El seguimiento del contrato tiene que ir más allá de las reuniones de coordinación, del cumplimiento de los mínimos legales a poder ser un sistema de rendición de cuentas de las empresas adjudicatarias a la administración. ¿A que parece sencillo? Pues, el problema rae en el hecho que la incorporación de cláusulas ambientales o sociales son más costosas, y de costosas en muchos sentidos.

La aplicación

Por un lado, existe la resistencia de las empresas tradicionales a incorporar los aspectos sociales y ambientales, en cuanto que se han basado en una visión exclusivamente economicista, y la inclusión de estos aspectos la pueden ver como una limitación a su principio de autonomía empresarial y sobre todo como un coste añadido al cual no están habituadas. Esto puede acabar derivando en una hiperjudicialización del proceso y las administraciones, así como aquellas empresas que tienen más capacidad, tendrán que ser conscientes que en la incorporación de cláusulas ambientales y sociales efectivas con carácter innovador, pueden ser sujetos de impugnaciones por parte de las empresas. La existencia de resoluciones de los tribunales de contratación pública son una fuente por la justificación de posteriores licitaciones en otros municipios que verán en la jurisprudencia un argumentario fuerte para poder incorporar en sus licitaciones sin el temor a que los procesos queden parados. Y, aquí un aspecto importante, una impugnación de un servicio esencial puede ser muy problemático por la administración y por eso existe un freno en la incorporación de los aspectos ambientales y sociales.  Un sector que fue sensible, pero en el que ha habido muchos avances, es el del sector de la energía, tal como se puede consultar en el estudio La inclusión de aspectos ambientales, sociales y de buen gobierno a la contratación pública.

Las personas que trabajan en la redacción de los pliegues tienen que ser conocedoras de otros muchos aspectos para lograr los objetivos estratégicos de la compra y contratación pública

Por otro lado, la complejidad en la compra y contratación pública ha aumentado de manera considerable, por lo cual el personal y los recursos disponibles en la actualidad son insuficientes. No tener que centrarse en el precio implica que las personas que trabajan en la redacción de los pliegues tienen que ser conocedoras de otros muchos aspectos para lograr los objetivos estratégicos de la compra y contratación pública. En este sentido, la profesionalización de la figura de la persona técnica de compra y contratación pública es esencial, y así se recoge también a nivel de UE en la recomendación de la comisión sobre la profesionalización de la contratación pública.

En conclusión

Si el precio no es un indicador válido de calidad, tenemos que ver reflejadas en la compra y contratación pública la inclusión de aspectos ambientales, sociales y de buen gobierno. Pero, esta no tiene que quedar reducida a una inclusión que sea una declaración de intenciones o que no sea efectiva. Vale más la aplicación de una cláusula donde haya una serie de indicadores de seguimiento y de logro de los objetivos, que una licitación donde estos aspectos queden anulados por el peso que se le han dado o por la carencia de seguimiento de estos. Hay resistencias tanto externas (hiperjudicialización) como internas (carencia de profesionalización), pero como hemos comentado en otras ocasiones, también hace falta que desde las diferentes entidades y la ciudadanía hagamos presión para pedir procesos transparentes para poder hacer seguimiento de los contratos otorgados y la existencia de penalizaciones aplicables por aquellas empresas que incurran en incumplimientos de contrato.

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